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Subasta Joyas Junio 2021

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NORMAS APLICADAS EN LA

NORMAS APLICADAS EN LA CATALOGACIÓN 1) En la catalogación de joyas por épocas y/o estilos. Cuando a criterio del departamento, una joya haya sido realizada con anterioridad a 1960, se procurará describirla como perteneciente a un determinado periodo o estilo, de acuerdo con su diseño, hechura, características, metal, gemas, engastado, etc... Cronológicamente, los principales estilos abarcan aproximadamente los siguientes periodos: Neoclásico 1780-1820 Isabelino o Victoriano 1840-1900 Belle Epoque 1900-1920 Art Nouveau - Modernista 1890-1910 Art Decó 1910-1940 Retro 1940-1955 El término “antiguo” se utiliza para joyas anteriores a 1900 que no puedan incluirse en un estilo concreto. Se usan aproximaciones cronológicas (principios, mediados, finales, etc...), en joyas de una determinada época que no encajan en un estilo concreto o que tienen difícil datación. Si la catalogación utiliza el término “estilo” acompañado del nombre de éste, el comprador debe considerar que la joya se ha fabricado recientemente, siguiendo o copiando diseños de aquella época. Así por ejemplo, un broche catalogado “estilo Art Decó” será una joya moderna, más o menos reciente, con igual o parecido diseño al original propio del periodo 1910-1940; por el contrario, si una joya es catalogada como “Art Decó” debe entenderse como pieza original realizada en ese mismo periodo. 2) En la catalogación del metal con el que están hechas las joyas. Los metales preciosos habitualmente utilizados en joyería son el oro, el platino y la plata. Los tres en estado puro resultan demasiado “blandos”, por lo que –salvo excepciones, monedas por ejemplo– se emplean aleados con otros metales (cobre, plata, paladio, niquel, zinc, etc...). El porcentaje de metal precioso empleado en la aleación se expresa en milésimas (1000 milésimas = metal puro) y se indica en kilates (K) –no confundir con el quilate métrico (ct ó q) utilizado en el peso–- Determinados porcentajes, diferentes según los países, están sujetos a normativas legales. En España, esos porcentajes se denominan “ley”, hablándose de “oro de ley”, “primera ley”, “segunda ley”, etc... Contrastes vigentes en España desde el 1 de enero de 1989: 750 M 1ª ley Oro 18K 750/1000 Contraste 2ª ley Oro 14K 583/1000 Contraste 585 M Platino 950/1000 Contraste 950 M 1ª ley Plata 925/1000 Contraste 925 M 800 M 2ª ley Plata 800/1000 Contraste El oro puede presentar diferentes coloraciones, dependiendo de la naturaleza o la proporción de los otros metales empleados en la aleación. En algunos colores (amarillo, blanco, rojo, rosa, verdoso) es posible conseguir la primera ley, sin embargo, en otros (negro) es imposible. En la catalogación se indica el metal que se haya podido determinar con el método de toque o similar y su correspondiente ley. Sin embargo, la falta de unificación internacional de normas o la ausencia de éstas en épocas anteriores, hacen que pequeñas diferencias en las aleaciones no puedan determinarse con exactitud con el método utilizado, por lo que este dato debe considerarse como aproximado. El departamento utiliza en la catalogación las siguientes denominaciones: Oro fino u oro de 24K Oro de ley, oro de 18K u oro de 750 milésimas Oro de 2ª ley, oro de 14K u oro de 583 milésimas Oro bajo (para oro de menos de 583/1000) Oro (para oro cuya ley no se ha podido determinar) Platino (tanto para 950 como 900 milésimas) Plata, plata 1ª ley, plata 925 milésimas o “sterling” Plata 2ª ley o plata de 800 milésimas

3) En la catalogación del peso de las gemas. El departamento sigue la Norma Internacional según la cual, el peso debe ir expresado en quilates, con dos decimales y la abreviatura ct (carat). Según la misma norma, un quilate equivale a 200 miligramos. El cálculo de los pesos se realiza mediante fórmula matemática –si la montura lo permite– o por comparación con plantillas o patrones. El peso de las piedras montadas debe considerarse siempre como aproximado, tanto si se trata de una sola, de varias o de todas las que están engarzadas en una misma joya (peso total). Debe tenerse en cuenta, que determinadas características en la talla modifican el peso teórico que proporciona la aplicación de una fórmula matemática o la forma de una plantilla, por lo que deben considerarse normales, desviaciones –tanto por defecto como por exceso– de un 10 ó un 15%. Igualmente, en algunas monturas con culatas cerradas o tapadas, filetines ocultos, dobles biseles, engastados cincelados, etc... o en ciertos tipos de talla (antiguas, irregulares, corpóreas, etc...), las desviaciones en el cálculo del peso pueden ser aún mayores. 4) En la catalogación del color y la pureza de los diamantes La determinación de estas características requiere unas condiciones especiales de observación, iluminación y limpieza, y sólo puede hacerse con seguridad estando las piedras desmontadas. Por lo tanto, si en el catálogo aparece alguna estimación, ésta debe ser considerada solamente como una opinión aproximada del personal del departamento, y no como una certificación de calidad. Ya que además, las diferencias entre unos grados y otros son tan pequeñas, que el color del metal, la montura o el tipo de engastado, pueden desvirtuar el verdadero color, y/o camuflar u ocultar algunas inclusiones que afectan a la pureza. Por todo ello, normalmente, el departamento no los indica en el catálogo, aunque facilitará personalmente su opinión al respecto, si el cliente lo requiere. No obstante, excepcionalmente, cuando estos datos se consideren información adicional relevante, se especificarán graduaciones aproximadas, indicándose hasta tres grados de color y pureza, como mera orientación de calidad. Lo que nunca hace el departamento es estimar sólo el color o sólo la pureza, ni utilizar adjetivos descriptivos para estas graduaciones, ya que ambas cosas son contrarias a las Normas Internacionales y no tienen valor técnico. 5) En la catalogación de los tipos de talla. El término “brillante” se usa exclusivamente para referirse a diamantes tallados en redondo, con 57 o 58 facetas (filetín no incluido). El resto se describe con sus correspondientes nombres de talla o forma (ver cuadro a continuación), utilizando el término “talla de fantasía” de forma genérica, si fuera necesario. La talla sencilla u ocho-ocho (8/8) y la talla suiza o dieciseis, son dos tallas redondas, de pequeño tamaño, con menos facetas que la talla brillante, muy utilizadas en joyas anteriores a 1970. El término “talla antigua” o “roca antigua” se usa para designar diamantes de talla no moderna, con características defectuosas de lapidación, tallados con anterioridad al siglo XX. El departamento describe como “talla semi-antigua” a aquellos diamantes de talla antigua, que en su opinión han sido retallados pero conservan evidencias de su anterior lapidación. En las piedras de color, la catalogación especifica por lo general la forma, ya que resulta mucho más descriptiva. Las tallas esmeraldas, para evitar confusiones (por ejemplo, zafiro talla esmeralda) o repeticiones malsonantes (esmeralda talla esmeralda), se describen como cuadrangulares; matizando si se cree necesario, con “canto vivo” o “canto matado”. El departamento no especifica, salvo excepciones justificadas, opiniones sobre la calidad de talla. 6) En la catalogación de las gemas de color. Siempre que la montura, el tamaño y la talla permiten obtener lecturas objetivas de las propiedades ópticas necesarias para realizar una identificación correcta, el departamento especifica la naturaleza de las gemas engarzadas en una joya (esmeralda, granate, topacio, aguamarina, etc...). Si no es posible o se trata de cabujones de compleja identificación, se facilita una opinión profesional, la cual en esos casos va acompañada por los adverbios posiblemente o seguramente. El uso de piedras artificiales –de imitación o sintéticas– ha proliferado en las últimas décadas, aunque su uso comercial, en algunos casos, se remonta a principios del siglo XX, siendo frecuentes incluso, en joyas de determinados estilos (Retro, por ejemplo). El departamento procura identificar el origen, natural o artificial, de las gemas que cataloga. Especificando claramente y sin ambigüedades, si son finas (naturales) o falsas (artificiales). El nombre de una gema sin más (por ejemplo, zafiro, rubí, etc...) significa que es natural. La falta de criterios normalizados que permitan clasificar la calidad de las gemas de color, hace que proliferen adjetivaciones y graduaciones de todo tipo, la mayoría confusas y poco descriptivas. En la calificación facilitamos información orientativa sobre determinados aspectos cualitativos de interés, utilizando términos concretos o comerciales, de acuerdo con un criterio profesional responsable.